Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena aclarar representación judicial en proceso de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:37:10
Contexto y antecedentes del proceso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera – Subsección B, conoció un proceso instaurado en ejercicio del medio de control de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. El demandante solicitó que se declarara la responsabilidad patrimonial de la entidad accionada y se condenara al pago de perjuicios materiales e inmateriales derivados de una supuesta sanción ilegal impuesta por órganos judiciales disciplinarios, la cual habría vulnerado el derecho al debido proceso. Además, alegó que la entidad demandada incumplió de manera oportuna una orden judicial de tutela que ordenaba eliminar dicha sanción, generándole pérdidas económicas significativas.
El proceso se inició en agosto de 2020 y, tras varias providencias que incluyeron la inadmisión inicial de la demanda, su posterior admisión y una notificación defectuosa que fue corregida, se ha desarrollado bajo el sistema de oralidad. En octubre de 2025, la Sala de Subsección rechazó una reforma a la demanda presentada por la parte actora y declaró que la entidad accionada no contestó la demanda, decisión que quedó en firme en enero de 2026.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El 11 de febrero de 2026, el demandante, actuando en nombre propio y con calidad de abogado en ejercicio, interpuso un recurso de reposición contra la actuación secretarial que ordenó el traslado de excepciones presentadas por la parte demandada. Sostuvo que, dado que la demanda fue declarada como no contestada por la entidad accionada, el traslado resultaba improcedente.
En virtud de lo anterior, y en cumplimiento del artículo 75 del Código General del Proceso, que prohíbe tener...
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