Tribunal Administrativo de Cundinamarca fija audiencia inicial en controversia contractual entre Pulpafruit S.A.S. e ICBF
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:39:32
Contexto procesal y tribunal competente
El auto fue emitido por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, dentro del trámite de un proceso de controversias contractuales. La demanda fue radicada en agosto de 2022 y admitida en abril de 2023. Posteriormente, se resolvió un recurso de reposición interpuesto contra el auto admisorio, manteniéndose la admisión y la vinculación del litisconsorcio necesario pasivo.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por una sociedad comercial contra el ICBF, entidad estatal encargada del bienestar familiar. En el proceso también fue vinculado como litisconsorte necesario pasivo un tercero, otra sociedad comercial. Ambas demandadas contestaron la demanda, presentando diversas excepciones de mérito, entre ellas cuestionamientos sobre el cumplimiento de requisitos contractuales y la existencia de la obligación demandada.
En cuanto a la oportunidad para contestar la demanda, se aclaró que el término se comenzó a contar a partir de la notificación del auto que resolvió el recurso de reposición, por lo que la contestación presentada por las demandadas fue considerada oportuna.
Asimismo, se valoró la acreditación del poder para actuar en representación de las partes, reconociéndose la personería jurídica de los apoderados que presentaron los respectivos poderes debidamente conferidos.
Consideraciones principales del auto
El Tribunal, en el auto proferido, declaró que la contestación de la demanda fue presentada dentro del término legal previsto en el artículo 172 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). En consecuencia, la demanda queda formalmente contestada.
Se fijó como fecha para la audiencia inicial, regulada en el artículo 180 del CPACA, el miércoles 8 de...
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