Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca acepta llamamiento en garantía en controversia contractual sobre obra ambiental en Bogotá
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:40:57
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia judicial objeto de análisis fue emitida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá D.C., el 27 de febrero de 2026. Se trata de un auto, es decir, una decisión interlocutoria que resuelve una cuestión procesal dentro del trámite del proceso de controversias contractuales identificado con el número 25-000-23-36-000-2023-00520-00.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – EAAB E.S.P., quien demandó al Consorcio Obras Ambientales de Bogotá y a sus integrantes, conformado por varias sociedades dedicadas a ingeniería, interventoría y construcción, así como a la aseguradora "Seguros del Estado". La demanda se basa en el incumplimiento definitivo del contrato de obra No. 1-01-25100-1436-2019, cuyo objeto fue la construcción del corredor ambiental del Humedal Córdoba en Bogotá, así como la solicitud de liquidación del contrato y condena al pago solidario de la cláusula penal pactada.
Durante el trámite, la aseguradora presentó contestación y formuló un llamamiento en garantía contra el consorcio y cada uno de sus integrantes, argumentando la subrogación en los derechos del asegurado conforme al artículo 1096 del Código de Comercio, dado un eventual siniestro derivado del incumplimiento contractual.
Consideraciones jurídicas del auto
El auto se fundamenta principalmente en el artículo 225 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regula la figura del llamamiento en garantía, permitiendo que quien tenga derecho a exigir a un tercero la reparación o reembolso, solicite su citación en el mismo proceso. Además, se aplican las disposiciones del Código...
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