Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite demanda de reparación directa por competencia
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:46:17
Competencia y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera – Subsección C, bajo la ponencia del Magistrado correspondiente, emitió un auto el 19 de febrero de 2026 en el trámite de un medio de control de reparación directa. En este acto procesal se estableció que el tribunal carece de competencia funcional para conocer el caso debido a que la cuantía reclamada no alcanza el umbral legal establecido para que la demanda sea tramitada en primera instancia por este órgano jurisdiccional. Como consecuencia, remitió el expediente a la instancia competente para su conocimiento.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por demandantes que reclaman a la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional la declaración administrativa y patrimonial por perjuicios derivados del fallecimiento de una persona en hechos ocurridos en Bogotá el 1 de abril de 2023. La pretensión principal comprende la indemnización por daños materiales y morales, así como la reparación simbólica pública por las lesiones ocasionadas. El proceso fue asignado a este Tribunal tras el reparto del 2 de julio de 2025.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal verificó la competencia territorial conforme al artículo 156 numeral 6 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), dado que los hechos ocurrieron en Bogotá y el proceso fue radicado en esta jurisdicción. Sin embargo, en cuanto a la competencia funcional, el Tribunal aplicó el artículo 152.5 del CPACA, que limita su conocimiento a procesos de reparación directa cuya cuantía supere los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) al momento de la presentación de...
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