Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite demanda por falta de competencia en proceso de reparación directa contra Ministerio del Deporte
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:48:25
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su calidad de órgano de primera instancia, emitió un auto el 26 de febrero de 2026 sobre la admisión y competencia de una demanda de reparación directa instaurada por una entidad dedicada al desarrollo del deporte contra el Ministerio del Deporte. El medio de control utilizado fue la reparación directa, previsto en el numeral 140 de la Ley 1437 de 2011. La demanda solicitaba la declaración de responsabilidad patrimonial y extracontractual del Ministerio, así como el pago de indemnizaciones por perjuicios materiales y morales derivados de un proceso administrativo de cobro coactivo presuntamente indebido.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad demandante expuso que el Ministerio del Deporte inició un proceso de cobro coactivo basado en una obligación ya cubierta mediante póliza de cumplimiento y recobro asumido por la misma. Alegó falla en el servicio y vulneración de deberes relacionados con la gestión de cartera pública, lo que generó perjuicios económicos por concepto de daño emergente, lucro cesante, y perjuicio inmaterial por afectación a su reputación comercial. Se reclamaron sumas específicas actualizadas con índice de precios y reconocimientos de intereses moratorios conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Fundamentos jurídicos para la declaración de incompetencia
El Tribunal realizó un análisis exhaustivo del marco normativo aplicable, enfatizando la regulación establecida en los artículos 152, 155 y 157 de la Ley 1437 de 2011, tal como fueron modificados por la Ley 2080 de 2021. Según esta normativa, la competencia para conocer procesos de reparación directa depende de la cuantía estimada en...
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