Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara nulidad de notificación en proceso contra UAE-DIAN
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:55:33
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis corresponde a un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, específicamente por la Subsección "A" de la Sección Cuarta. El auto resuelve sobre una solicitud de nulidad relativa a la notificación del auto admisorio de demanda en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que involucra a una empresa del sector telecomunicaciones como demandante y a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE-DIAN) como demandada.
Antecedentes fácticos y procesales
El 30 de octubre de 2024, el tribunal admitió la demanda presentada por la empresa contra la UAE-DIAN, solicitando la nulidad de una serie de resoluciones sancionatorias emitidas por dicha entidad. En la parte resolutiva del auto admisorio, se ordenó la notificación personal al representante legal de la UAE-DIAN, o a quien hubiese delegado la facultad para recibir notificaciones, mediante mensaje dirigido al buzón de correo electrónico oficial, conforme a lo establecido en el artículo 199 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.
No obstante, la notificación fue realizada únicamente por estado en el sistema electrónico de la corporación, sin el envío efectivo del mensaje al buzón oficial ni constancia de su recibo o acceso. Ante esta situación, la parte demandada interpuso recurso solicitando revocar la decisión que tuvo por no contestada la demanda, argumentando que se vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa, invocando el numeral 8 del artículo 133 del Código General del Proceso (CGP) respecto a la nulidad procesal...
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