Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de nulidad simple contra acto administrativo del Municipio de Chía
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:59:35
Competencia y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Cuarta - Subsección A, profirió un auto el 24 de febrero de 2026 mediante el cual admitió a trámite una demanda de nulidad simple contra un acto administrativo del Municipio de Chía. La providencia fue dictada en primera instancia y corresponde a un proceso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 152 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un particular a través de apoderado judicial, quien cuestiona la validez de un Acuerdo Municipal, identificado como el número 247 de 2025, expedido por el Concejo Municipal de Chía. El demandante invoca el medio de control de nulidad simple, buscando la declaración de nulidad de los artículos 24, 26, 37 y 275 del mencionado acuerdo.
El tribunal verificó que la demanda cumplía con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 y 163 del CPACA, así como en el artículo 35 de la Ley 2080 de 2021. Asimismo, constató que la pretensión no estaba afectada por caducidad, en virtud del literal a) del numeral 1° del artículo 164 del CPACA, que permite presentar demandas de nulidad simple en cualquier tiempo.
El acto administrativo demandado fue debidamente aportado al proceso, y se acompañaron los anexos exigidos conforme al artículo 166 del CPACA.
Consideraciones principales de la providencia
El despacho judicial reconoció su competencia para conocer el asunto, dado que la demanda busca la nulidad de actos administrativos de carácter general. En atención a ello,...
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