Tribunal Administrativo de Cundinamarca decide sobre excepciones en acción de nulidad contra resoluciones del sector salud
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:10:40
Contexto procesal y competencia
La providencia fue emitida por la Sección Primera, Subsección C del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante auto en el trámite de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una Entidad Promotora de Salud (EPS) contra el Ministerio de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). También están llamados en garantía varias fiduciarias y un consorcio de auditoría y consultoría. La competencia para conocer y decidir sobre las excepciones corresponde al magistrado sustanciador, conforme al artículo 125.3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La EPS demandante solicitó la nulidad de dos resoluciones administrativas, fechadas en 2017 y 2019, que ordenaron el reintegro de recursos al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga). Al contestar la demanda, ADRES propuso como excepción previa la caducidad del medio de control, argumentando que la demanda fue presentada fuera del término legal de cuatro meses contado a partir de la notificación de la última resolución. Por su parte, el Ministerio de Salud y el consorcio de auditoría formularon excepciones de mérito y de falta de legitimación en la causa por pasiva. La Superintendencia Nacional de Salud no planteó excepciones que deban decidirse en esta etapa.
Consideraciones del Tribunal
El Tribunal analizó en primer lugar la excepción de caducidad presentada por ADRES. Se estableció que la notificación de la resolución objeto de la demanda fue el 11 de septiembre de 2019, por lo que el término de caducidad comenzó a correr a partir...
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