Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega recurso de reposición y concede apelación en proceso contra Ministerio de Tecnologías de la Información
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:13:22
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El auto fue proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una sociedad en reorganización contra el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La providencia data del 24 de febrero de 2026 y responde a recursos presentados frente a una decisión previa que rechazó la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante, actuando mediante apoderado judicial, presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, previsto en el artículo 138 de la Ley 1437 de 2011, contra el Ministerio demandado. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante auto del 9 de diciembre de 2022, rechazó la demanda debido a que no se subsanaron las observaciones señaladas en un auto inadmisorio previo del 12 de julio de 2022, conforme al numeral 2° del artículo 169 de la Ley 1437 de 2011.
Frente a esta decisión, la parte demandante interpuso recurso de reposición y, en subsidio, recurso de apelación.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal analizó la procedencia de ambos recursos a la luz de la legislación vigente. En primer lugar, se recordó que el recurso de reposición procede contra todos los autos, salvo norma en contrario, según el artículo 242 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021. No obstante, el mismo artículo establece que contra autos dictados por las salas de decisión no procede recurso de reposición, únicamente su aclaración o complementación.
Además, el artículo 243...
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