Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma inadmisión de demanda contra resoluciones emitidas por liquidador de EPS en liquidación
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:18:52
Contexto y competencia del Tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección "A", actuando en segunda instancia y bajo el cargo de magistrado ponente, conoció el recurso de reposición contra un auto que inadmitió una demanda por nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue presentada contra resoluciones expedidas por el agente liquidador de una Entidad Promotora de Salud (EPS) en proceso de liquidación forzosa administrativa.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda pretendía la nulidad de dos resoluciones emitidas en 2022 por el liquidador de la EPS en liquidación, que declararon el desequilibrio financiero de la entidad y negaron el derecho al pago de acreencias laborales a favor del demandante. Además, se solicitaba que se declarara responsable al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud por daño antijurídico derivado de la actuación del liquidador, así como el pago de las sumas reconocidas en sentencias laborales previas y su indexación conforme al IPC.
El auto de inadmisión, fechado el 24 de octubre de 2023, ordenó al actor excluir pretensiones de reparación directa que no son compatibles con el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y ajustar la parte demandada, pues las resoluciones impugnadas fueron expedidas por el liquidador de la EPS y no por las entidades demandadas inicialmente. También advirtió sobre la necesidad de aportar copia y constancia de notificación de los actos administrativos demandados, así como acreditar el envío simultáneo de la demanda y anexos a la parte demandada.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal recordó que el recurso de reposición es procedente contra autos que no sean...
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