Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara improcedente recurso de reposición y concede apelación en caso de propiedad industrial
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:20:51
Contexto y antecedentes del caso
La providencia fue emitida por la Subsección “A” de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá, el 24 de febrero de 2026. El proceso se originó a partir de una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, en materia de propiedad industrial, contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La demandante, actuando en representación de un menor de edad, solicitó la nulidad de dos resoluciones administrativas que negaron el registro de la marca nominativa para identificar productos y servicios en ciertas clases de la Clasificación Internacional de Niza.
La demanda inicial fue inadmitida por la magistrada ponente en octubre de 2024, debido a la falta de poder debidamente conferido a la apoderada judicial y la ausencia de vinculación como terceros interesados de quienes ostentan derechos sobre marcas previas similares. Posteriormente, en febrero de 2026, la Sala de la Subsección “A” rechazó la demanda por considerar que había operado el fenómeno jurídico de la caducidad, es decir, que el término para impugnar las decisiones administrativas había expirado.
El recurso de reposición y apelación
Contra la providencia que rechazó la demanda, la apoderada judicial presentó recurso de reposición y en subsidio apelación, argumentando que la demanda fue presentada dentro del término legal y que el plazo de caducidad se encontraba suspendido durante la tramitación de un proceso anterior. Expuso que, al contabilizar los tiempos entre las resoluciones administrativas y las actuaciones judiciales, aún no se había consumado la caducidad para interponer la acción.
El Tribunal Administrativo, competente para conocer del recurso...
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