Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega reposición y concede apelación en caso contra la ANLA por orden de informe técnico ambiental
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:21:41
Providencia emitida por la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una empresa de energía contra la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
Antecedentes fácticos y procesales
La acción judicial se originó tras la emisión de dos resoluciones por parte de la ANLA, mediante las cuales se ordenó a la empresa demandante presentar un informe técnico específico relacionado con las medidas ambientales del proyecto hidroeléctrico que desarrolla. En particular, la orden se fundamentó en la necesidad de abordar la alta sedimentación del embalse del proyecto.
El Tribunal admitió la demanda mediante auto del 18 de julio de 2025 y, posteriormente, emitió un auto el 6 de febrero de 2026 en el cual dispuso proferir sentencia anticipada, fijó el litigio y negó la admisión de prueba testimonial solicitada por la parte demandante. Esta prueba testimonial buscaba complementar el informe técnico y acreditar hechos relevantes para el juicio de legalidad. En respuesta, la empresa presentó recurso de reposición y, en subsidio, apelación contra la negativa de admisión de dichos testimonios.
Consideraciones del Tribunal sobre la negativa de prueba testimonial
El Tribunal determinó que la petición de admisión de prueba testimonial se aparta del objeto principal del proceso, el cual es analizar la legalidad de la orden administrativa que impone la presentación del informe técnico, y no valorar el contenido o la calidad técnica de dicho informe. En consecuencia, la prueba solicitada, que pretendía...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.