Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, emitió un auto mediante el cual se dispone la programación de una audiencia especial de pacto de cumplimiento dentro del trámite de una acción de protección de derechos e intereses colectivos. Esta providencia fue dictada en primera instancia el 2 de marzo de 2026 por el magistrado ponente de la mencionada subsección.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado mediante demanda presentada por una veeduría ciudadana contra el Departamento Nacional de Planeación y otras entidades. El tribunal admitió la demanda en un auto fechado el 18 de julio de 2025, dando paso a la continuación del trámite correspondiente. La acción tiene como finalidad la protección de derechos e intereses colectivos, lo que involucra a entidades administrativas encargadas de velar por dichos derechos.
Consideraciones y disposiciones del auto
El auto se fundamenta en el artículo 27 de la Ley 472 de 1998, que regula la realización de audiencias especiales de pacto de cumplimiento en procesos relacionados con la protección de derechos colectivos. En desarrollo de esta norma, el tribunal cita a las partes involucradas, a las entidades administrativas competentes y al agente del Ministerio Público para participar en la audiencia que se realizará el 18 de marzo de 2026 a las 10:00 a.m. La diligencia se desarrollará de forma virtual a través de la plataforma Microsoft Teams, facilitando el acceso mediante enlaces electrónicos que serán enviados a los correos proporcionados por los apoderados y al representante del Ministerio Público.
Para garantizar la eficiencia en la realización de la audiencia, el tribunal solicita a las partes remitir previamente, con al menos una hora de anticipación, los documentos pertinentes que serán incorporados en la diligencia. Estos documentos incluyen poderes y sustituciones, documentos de identidad y tarjetas profesionales de los apoderados, así como un número telefónico de contacto para atender cualquier eventualidad durante la audiencia. Además, se exhorta a las partes a conectarse con quince minutos de antelación para la preparación técnica de la sesión.
La providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente, asegurando la autenticidad y conservación del acto conforme al artículo 186 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Importancia del trámite
La fijación de esta audiencia especial representa un paso procesal relevante en el desarrollo de la acción de protección de derechos colectivos, pues constituye un mecanismo jurídico para alcanzar acuerdos de cumplimiento que beneficien a la comunidad y garanticen la protección efectiva de los derechos invocados. La utilización de medios virtuales para la diligencia refleja la adaptación del sistema judicial a las tecnologías de la información, facilitando la participación y agilizando el trámite.
En suma, el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca establece las pautas para la próxima audiencia, garantizando la participación de las partes y autoridades involucradas, en cumplimiento de los procedimientos legales aplicables a la defensa de los derechos e intereses colectivos. Este avance procesal es fundamental para asegurar que las medidas acordadas se implementen eficazmente y contribuyan a la protección y promoción de los derechos colectivos en el ámbito territorial correspondiente.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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