Contexto y naturaleza de la providencia
La providencia corresponde a un auto judicial emitido el 23 de febrero de 2026 por la magistrada ponente de la Subsección “A” de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La demanda fue interpuesta por una sociedad comercial contra la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en materia de propiedad industrial. La pretensión central consistía en la anulación de dos resoluciones administrativas de la SIC que negaron el registro de una marca.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante solicitó al tribunal declarar la nulidad de la Resolución No. 23619 del 28 de abril de 2025, mediante la cual se confirmó una decisión previa contenida en la Resolución No. 8134 del 8 de marzo de 2024, ambas expedidas por funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio. Estas decisiones negaron el registro de una marca para identificar productos y servicios en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionados con la compra y venta de mercancías automotrices. Además, se pidió ordenar a la SIC la expedición del registro solicitado y la publicación de la sentencia en la Gaceta de la Propiedad Industrial, así como el envío de copia al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El tribunal advirtió que la demanda adolecía de varias falencias que impedían su admisión, conforme a lo dispuesto en los artículos 162 y 166 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA):
- Falta de vinculación de terceros interesados: No se había vinculado formalmente como terceros...