Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite acción de nulidad a juzgado administrativo competente por sanción de tránsito en Funza
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:37:12
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial objeto de análisis corresponde a un auto emitido por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La acción judicial fue instaurada mediante un medio de control de nulidad contra una resolución sancionatoria de la Secretaría de Movilidad de Funza, por una infracción contravencional relacionada con estacionar en un sitio prohibido. El demandante solicitó la declaración de nulidad absoluta de la resolución, argumentando violación al debido proceso, falsa motivación, vicios en el consentimiento, simulación administrativa y desviación de poder. Además, pidió la exclusión definitiva de la sanción del sistema nacional SIMIT y la limpieza de sus antecedentes administrativos.
Fundamentos jurídicos y competencias
Para determinar la competencia, el Tribunal se basó en el artículo 156 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, que establece que en casos de imposición de sanciones la competencia se define por el lugar donde ocurrió el acto que dio origen a la sanción. Dado que el hecho sancionable ocurrió en el municipio de Funza, la competencia territorial corresponde al circuito judicial administrativo de Facatativá, al cual pertenece Funza según el Acuerdo 11653 de 2020.
Adicionalmente, el Tribunal revisó el artículo 155 de la Ley 1437 de 2011, que delimita la competencia funcional de los juzgados administrativos en primera instancia. En particular, señala que los juzgados administrativos conocen de nulidades contra actos administrativos expedidos por entidades distritales y municipales, con excepción de actos relacionados con impuestos, tasas, contribuciones y sanciones conexas, que corresponden a los tribunales administrativos. En este caso, al tratarse de una sanción...
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