Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio por registro de marca
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:37:37
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, con sede en Bogotá D.C., es el organismo que profirió la providencia el 23 de febrero de 2026, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en materia de propiedad industrial. La admisión de la demanda se realiza en primera instancia, lo que implica la apertura formal del proceso judicial ante este tribunal.
Antecedentes fácticos y procesales
Una sociedad internacional presentó demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para obtener la nulidad de dos resoluciones administrativas. La primera, una decisión del 30 de abril de 2024, emitida por el Director de Signos Distintivos, negó de oficio el registro de la marca nominativa “RALGRO” para productos clasificados en la Clase 5 del sistema internacional de clasificación de Niza. La segunda resolución, emitida el 24 de abril de 2025 por la Superintendenta Delegada para la Propiedad Industrial, confirmó la primera decisión, ratificando la negativa al registro solicitado.
La demandante busca que se declare la nulidad de estos actos administrativos y, en consecuencia, que se ordene la concesión del registro de la marca “RALGRO” para los productos indicados. Además, ha manifestado tener un interés legítimo, ya que pretende el reconocimiento formal de su derecho de propiedad industrial sobre la marca en cuestión.
Consideraciones del Tribunal y fundamentos para la admisión
El Tribunal valoró que la demanda cumplía con los requisitos esenciales previstos en los artículos 162 y 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), tales como: la identificación clara de las partes...
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