Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda por nulidad simple y ordena adecuación al medio de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:40:10
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Subsección “A” de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de nulidad simple iniciado en primera instancia. La magistrada ponente emitió el auto que ordena adecuar la demanda y, en consecuencia, inadmite la demanda presentada inicialmente.
Antecedentes de la demanda
La entidad demandante, una sociedad en reorganización, ejerció el medio de control de nulidad simple contra seis resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, que corresponden a actos administrativos relacionados con inscripciones y modificaciones en registros de propiedad industrial. La demanda solicitaba la nulidad de dichas resoluciones, alegando irregularidades en su expedición.
Consideraciones jurídicas principales
La providencia analiza las disposiciones contenidas en los artículos 137 y 138 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), que regulan respectivamente los medios de control de nulidad simple y de nulidad con restablecimiento del derecho.
El artículo 137 establece que la nulidad simple procede generalmente contra actos administrativos de carácter general, cuando estos se expiden con infracción de normas, falta de competencia, irregularidades en el trámite, entre otras causales. También señala que excepcionalmente puede solicitarse contra actos particulares, siempre que no se busque el restablecimiento automático de un derecho subjetivo.
Por su parte, el artículo 138 dispone que cuando la nulidad se solicita junto con el restablecimiento del derecho, especialmente frente a actos administrativos particulares que lesionan derechos subjetivos, procede el medio de control de nulidad con restablecimiento del derecho.
El Tribunal determinó que, en el caso concreto, la declaratoria de nulidad de...
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