Contexto y tribunal competente
La providencia en estudio es un auto interlocutorio emitido por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia. Este auto resuelve sobre la admisión de la demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, conforme a lo previsto en la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por una sociedad comercial contra la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD), en razón de la negativa a corregir el avalúo catastral de unos predios. La acción impugna tres actos administrativos:
- La Resolución que negó la solicitud inicial de revisión del avalúo.
- La Resolución que negó el recurso de reposición contra la primera resolución.
- La Resolución que negó el recurso de apelación interpuesto contra la primera resolución.
Se solicita la nulidad de dichos actos y el restablecimiento del derecho, solicitando que se reconozca el avalúo catastral conforme al dictamen pericial aportado o, en su defecto, uno que no sea más gravoso que el inicialmente establecido.
Previamente, la demanda fue inadmitida para que la parte demandante subsanara errores formales, incluyendo la presentación del acta de conciliación prejudicial y la estimación razonada de la cuantía.
Consideraciones jurídicas y razones de la admisión
El Tribunal revisó el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales para la admisión de la demanda, poniendo especial atención en:
- Oportunidad para presentar la demanda: Según el artículo 164 del CPACA, la demanda debe presentarse dentro de los cuatro meses siguientes a la...