Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de nulidad electoral y niega medida cautelar sobre elección de Rector de universidad distrital
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:48:25
Contexto y competencia del tribunal
La Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció en primera instancia un medio de control de nulidad electoral instaurado contra la Resolución que designó al Rector de una universidad distrital para el periodo 2025-2029. La competencia fue ratificada tras una revisión preliminar efectuada por el Consejo de Estado, que remitió el expediente al Tribunal por tratarse de un acto administrativo de elección de un empleado público del nivel directivo en el ámbito distrital, conforme al literal c del numeral 7 del artículo 152 de la Ley 1437 de 2011.
Antecedentes procesales y solicitud de medidas cautelares
El demandante interpuso la acción alegando que el proceso de elección vulneró normas constitucionales, especialmente los artículos 13, 40 y 209 de la Constitución Política, así como el Estatuto General de la universidad. En la demanda se solicitó la suspensión provisional del acto administrativo para evitar la consolidación de un presunto daño institucional derivado de la designación de un candidato que, a juicio del actor, no cumplía con los requisitos habilitantes para el cargo.
Tras la admisión inicial, la Sala ordenó correr traslado del escrito al Rector designado y a la universidad para que ejercieran su derecho de defensa. Ambos apoderados presentaron argumentos en contra de la medida cautelar, señalando que no se acreditó la violación de normas superiores ni el riesgo de perjuicio irremediable que justifique la suspensión.
Consideraciones jurídicas sobre la suspensión provisional
El Tribunal recordó que para decretar medidas cautelares en procesos de nulidad electoral deben cumplirse los requisitos del artículo 229 y numeral 3 del artículo 231 de...
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