Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera, Sub-sección B, profirió un
auto el 20 de febrero de 2026, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia resuelve sobre la admisión de una demanda interpuesta contra actos administrativos relacionados con un concurso de méritos para proveer empleos en vacancia dentro del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada en primera instancia contra la Comisión Nacional del Servicio Civil y una institución universitaria, impugnando la decisión que negó el reconocimiento de experiencia profesional del demandante y los resultados consolidados del concurso de méritos. El proceso fue inicialmente asignado a la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Consideraciones jurídicas y competencia
El Tribunal realizó un análisis detallado sobre la competencia para conocer controversias derivadas de concursos de méritos en el sector público. Se recordó que, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado, los actos emanados de concursos de méritos para proveer cargos de carrera tienen naturaleza laboral y deben ser conocidos por la jurisdicción administrativa especializada en asuntos laborales.
Se enfatizó que:
- Los concursos de méritos no constituyen actos electorales, sino actos administrativos de carácter laboral.
- El control de legalidad de estos actos debe ejercerse mediante el medio de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral, no a través del medio de nulidad electoral.
- La Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca tiene atribuida, según el Reglamento Interno (Acuerdo Nº 58...