Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra el Ministerio de Defensa por retiro del servicio militar
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 17:1:13
Contexto y competencia judicial
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Sub-sección B, conoció el caso luego de que el Juzgado Diecisiete Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C., Sección Segunda, declarara su incompetencia para resolver sobre la demanda. La decisión inicial se basó en los artículos 3º de la Ley 393 de 1997 y 152 numeral 14 y 155 numeral 10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Por ello, remitió el expediente al Tribunal, que asumió la competencia para su trámite.
Antecedentes fácticos y procesales
Un miembro del Ejército Nacional presentó demanda mediante un apoderado judicial, utilizando el medio de control jurisdiccional de cumplimiento de normas con fuerza material de ley o actos administrativos. La demanda busca que se ordene al Ministerio de Defensa cumplir lo establecido en los artículos 61 y 77 del Decreto 1799 de 2000, a fin de revocar la Resolución 9257 del 23 de diciembre de 2024, que dispuso su retiro del servicio, o declarar la pérdida de la fuerza ejecutoria de dicha resolución.
Tras el reparto del caso en el Tribunal, inicialmente se inadmitió la demanda por falta de claridad en las pretensiones. Posteriormente, el demandante subsanó esta omisión, explicitando sus solicitudes, incluso incluyendo el cumplimiento del artículo 1º de la Constitución Política, lo que permitió continuar con el proceso.
Consideraciones de la providencia
El Tribunal destacó la necesidad de que la demanda cumpla con los requisitos formales para ser admitida. Reconoció que, tras la subsanación, la demanda reúne las condiciones para su trámite en primera instancia. En consecuencia, se ordenó la admisión formal del...
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