Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso por competencia en caso laboral contra entidad de salud
Proviene de: Sentencias
12 de marzo de 2026 0:13:3
Contexto y tribunal que profiere la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección “A”, en primera instancia, emitió un auto donde se pronunció sobre la admisión de una demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue instaurada contra la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., la Secretaría Distrital de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social. El órgano judicial, con magistrado ponente, resolvió declarar su falta de competencia y ordenó la remisión del proceso a la autoridad administrativa competente.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con una demanda que solicitaba la nulidad de un oficio mediante el cual se negó el reconocimiento de una relación laboral con la entidad demandada, así como el pago de acreencias laborales derivadas de dicha relación. La demandante, a través de apoderada judicial, requirió también el restablecimiento de sus derechos. La demanda fue radicada el 16 de diciembre de 2025, con fundamento en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.
Consideraciones jurídicas y fundamentación de la decisión
El tribunal analizó la competencia para conocer el asunto, basándose en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca) y sus modificaciones introducidas por la Ley 2080 de 2021. En particular, el artículo 168 del Cpaca establece que, en caso de falta de jurisdicción o competencia, el juez debe remitir el expediente al órgano competente.
La Ley 2080 de 2021 reformó las competencias de los juzgados y tribunales administrativos, con vigencia para demandas presentadas a partir del 25 de enero...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.