Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma exigencia de conciliación previa en demandas sobre avalúo catastral en Girardot
Proviene de: Sentencias
12 de marzo de 2026 0:13:5
Contexto y competencia de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera, Subsección C, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el auto proferido por el Juzgado Primero Administrativo de Girardot. Dicho auto había rechazado la demanda presentada por dos sociedades contra el Municipio de Girardot, que buscaban la nulidad de varios actos administrativos relacionados con la revisión del avalúo catastral de un inmueble ubicado en la zona urbana de dicho municipio.
La controversia se originó en torno a la determinación del avalúo catastral, que a juicio de las demandantes resultaba desproporcionado frente a la realidad física y económica del inmueble, y que superaba los límites establecidos en norma reglamentaria. En primera instancia, el juzgado inadmitió inicialmente la demanda por incumplimiento de requisitos procesales, y luego la rechazó por falta del trámite de conciliación prejudicial, requisito previsto para asuntos conciliables.
Antecedentes procesales y planteamiento jurídico
La demanda fue presentada el 23 de julio de 2025 y solicitaba que se declarara la nulidad de varias resoluciones administrativas que fijaban el avalúo catastral del predio, así como el restablecimiento del derecho mediante la corrección de dicho avalúo. Se argumentó que el avalúo catastral tenía naturaleza tributaria, por lo que no estaba sujeto al requisito de conciliación extrajudicial previsto en el artículo 161 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El Juzgado Primero Administrativo de Girardot sostuvo que los actos de revisión del avalúo catastral no constituyen actos tributarios, sino actos administrativos de carácter técnico, y por ende, el requisito de conciliación prejudicial sí es exigible. La parte demandante interpuso recurso...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.