Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca auto que rechazó demanda contra Municipio de Zipaquirá por actos administrativos sobre impuesto predial
Proviene de: Sentencias
12 de marzo de 2026 0:12:55
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial analizada corresponde a una decisión de segunda instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra un auto emitido por el Juzgado Tercero Administrativo de Zipaquirá. Dicho auto rechazó de plano una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos municipales relacionados con la declaración privada del impuesto predial unificado para el año gravable 2024.
El demandante, a través de apoderado judicial, solicitó la nulidad de dos oficios expedidos por la Dirección de Rentas y Jurisdicción Coactiva de la Secretaría de Hacienda del municipio demandado. El primer oficio rechazó la declaración privada del impuesto predial por considerar que el avalúo presentado era considerablemente inferior al avalúo catastral; el segundo resolvió en contra el recurso de reconsideración interpuesto frente al primer oficio.
El juzgado de primera instancia consideró que ninguno de estos actos administrativos era definitivo ni susceptible de control judicial, pues no resolvían directamente el fondo del asunto ni imponían obligación de pago, sino que se limitaban a manifestaciones o actos de trámite. En consecuencia, rechazó la demanda de plano.
Fundamentos jurídicos y análisis del Tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, tras examinar el recurso de apelación, centró su análisis en determinar si los actos administrativos cuestionados tenían carácter definitivo, requisito esencial para que sean susceptibles de control judicial conforme a los artículos 43 y 138 de la Ley 1437 de 2011.
Se recordó que un acto administrativo definitivo es aquel que decide directa o indirectamente el fondo del asunto o hace imposible continuar con la actuación...
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