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Proyecto de Resolución del Ministerio de Minas y Energía establece lineamientos transitorios para tarifas diferenciales en energía eléctrica en áreas especiales

Proviene de: Proyectos de Resolución

12 de marzo de 2026 16:55:1

Propósito general y objetivo principal del proyecto

El proyecto de resolución tiene como propósito general establecer lineamientos transitorios de política pública que regulen la aplicación de tarifas diferenciales en el servicio de energía eléctrica para usuarios finales regulados ubicados en áreas especiales, tales como áreas rurales de menor desarrollo, zonas de difícil gestión y barrios subnormales. El objetivo principal es asegurar la sostenibilidad financiera de los prestadores del servicio y facilitar el acceso continuo y equitativo a la energía eléctrica, especialmente para los usuarios de estratos socioeconómicos bajos en estas zonas.

Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos

Entre las innovaciones más relevantes, el proyecto permite que las empresas comercializadoras de energía eléctrica que atienden a usuarios de estratos 1 y 2 en áreas especiales puedan reflejar una diferenciación en las tarifas aplicadas a dichos usuarios. Además, se priorizan los mecanismos de comercialización que resulten en menores costos para estos usuarios, permitiendo que los agentes comercializadores minoristas consideren los mecanismos más económicos para atender la demanda regulada en estas áreas, siempre que esto implique una reducción en el costo de la electricidad. Se establece que la aplicación de estos lineamientos será de carácter transitorio, vigente hasta que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) adopte modificaciones específicas a la fórmula tarifaria general para el nuevo período tarifario. Las empresas que acojan esta diferenciación deberán informar mensualmente a las autoridades competentes sobre los cálculos y resultados de la aplicación de las tarifas diferenciadas.

Acciones, regulaciones y temporalidad

El proyecto establece que las tarifas diferenciales se aplicarán desde la entrada en vigencia de la resolución y desde el siguiente cálculo tarifario para el mercado regulado. Además, se contempla la obligación de reportar a la Oficina de Asuntos Regulatorios del Ministerio, a la CREG y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliados los resultados de la aplicación de estas tarifas. Asimismo, la Comisión de Regulación de Energía y Gas podrá efectuar actualizaciones regulatorias cuando un comercializador informe formalmente su decisión de acogerse a la diferenciación tarifaria. Estos lineamientos deberán ser reflejados en la resolución que adopte las fórmulas tarifarias para el nuevo período.

Impacto esperado y alcance potencial

El impacto esperado de esta medida es promover la sostenibilidad financiera de los comercializadores de energía que atienden a usuarios vulnerables en áreas especiales, evitando riesgos de cartera elevados que puedan afectar la continuidad del servicio. Además, se busca garantizar el acceso equitativo y continuo a la energía eléctrica para sectores poblacionales en condiciones de vulnerabilidad económica, contribuyendo así a la justicia social y al cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad y solidaridad. El alcance de la resolución aplica a empresas de comercialización de energía eléctrica de naturaleza oficial, mixta o privada que atienden a usuarios de estratos 1 y 2 en áreas especiales, y que representan más del 33.33% de la demanda total de estos usuarios en el Sistema Interconectado Nacional.

Participación de actores clave

El proyecto fue sometido a consulta pública en la página web del Ministerio de Minas y Energía, recibiendo comentarios de diversos agentes interesados que fueron analizados y considerados para la versión final. Además, la Oficina de Asuntos Regulatorios del Ministerio respondió a cuestionamientos de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de libre competencia, concluyendo que las medidas propuestas no afectan la competencia en el mercado. En conclusión, este proyecto de resolución representa una iniciativa regulatoria transitoria orientada a mejorar la equidad y sostenibilidad en la prestación del servicio de energía eléctrica para usuarios vulnerables en áreas especiales del país, bajo la coordinación y supervisión de las entidades regulatorias competentes. Se espera que, con su implementación, se fortalezca la calidad y continuidad del servicio eléctrico, contribuyendo al desarrollo social y económico de las zonas menos favorecidas.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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