Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Corte Constitucional admite demanda contra reforma que modifica autonomía territorial y separación de poderes en Colombia

Proviene de: Sentencias

12 de marzo de 2026 17:16:35

Contexto y tribunal decisor

La providencia es un auto admisorio emitido por la Corte Constitucional de Colombia, en la instancia de sustanciación del proceso de revisión de constitucionalidad. El magistrado sustanciador, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, admitió la demanda presentada contra una parte del artículo 1 del Acto Legislativo 03 de 2024, que modifica parcialmente el artículo 356 de la Constitución Política.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda cuestiona la expresión que establece que, “Salvo lo dispuesto por la Constitución, la ley orgánica, a iniciativa del Gobierno, fijará las competencias a cargo de la Nación, de los Departamentos, Distritos, municipios y entidades territoriales indígenas”. El demandante sostiene que esta disposición implica una sustitución de elementos axiales del texto constitucional, específicamente en materia de autonomía territorial, modelo de Estado descentralizado, separación de poderes y principio democrático. En primera instancia, la demanda fue inadmitida por falta de claridad y argumentación adecuada conforme al artículo 2 del Decreto Ley 2067 de 1991. Sin embargo, tras la corrección y aclaración de los cargos, el magistrado sustanciador consideró que la demanda cumple con los requisitos mínimos para suscitar un juicio de sustitución constitucional y, por ende, procede su admisión.

Consideraciones de la providencia

El magistrado sustanciador analizó en detalle los argumentos presentados, destacando dos juicios principales:
  • Sustitución de la autonomía territorial: Se señala que la reforma desplaza un modelo constitucional basado en competencias directas e indisponibles conferidas por la Constitución hacia un modelo en el que dichas competencias pueden ser definidas legalmente y condicionadas a la iniciativa del Gobierno, lo que podría afectar la garantía institucional de la autonomía territorial y el modelo descentralizado del Estado.
  • Afectación a la separación de poderes y al principio democrático: La subordinación de la función legislativa del Congreso para fijar competencias a una iniciativa exclusiva del Ejecutivo puede generar un desequilibrio institucional, incrementando la concentración del poder en el Gobierno nacional y vulnerando la deliberación democrática plural prevista en la Constitución.
Además, se resalta que la demanda atiende a la evolución normativa del artículo 356 constitucional, destacando la importancia de la reserva legal en la distribución de competencias y la financiación asociada a través del Sistema General de Participaciones.

Decisiones y pasos a seguir

Por estas razones, el magistrado sustanciador adoptó las siguientes decisiones:
  1. Admitir la demanda de inconstitucionalidad contra la expresión señalada del artículo 1 del Acto Legislativo 03 de 2024.
  2. Correr traslado del expediente al Procurador General de la Nación para que emita concepto en un término de treinta días.
  3. Fijar en lista el proceso para permitir la intervención ciudadana durante diez días, conforme a la Constitución y la normativa aplicable.
  4. Ordenar la comunicación de la iniciación del proceso al Presidente del Congreso, a diversas entidades públicas, territorios, asociaciones, universidades y centros de investigación para que, de considerarlo conveniente, intervengan en el proceso.
  5. Invitar a la Defensoría del Pueblo, a la Contraloría General y a diversas federaciones y asociaciones territoriales para que participen con concepto especializado.
Finalmente, se aclaró que contra este auto no procede recurso alguno y que las comunicaciones y presentaciones de escritos privilegiarán los medios electrónicos, en atención a la legislación vigente. Esta admisión abre la puerta a un análisis profundo sobre la constitucionalidad de la reforma en cuestión, en especial sobre su impacto en la autonomía territorial, el equilibrio institucional y la participación democrática en Colombia. El proceso continuará con la evaluación de los conceptos de los órganos consultados y la eventual decisión de la Corte Constitucional sobre la validez de la reforma, que tendrá repercusiones importantes en el marco normativo y político del país.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Salud

No se encontraron sugerencias