Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 20263040008925 fue expedida el 9 de marzo de 2026 por el Ministerio de Transporte y publicada en el Diario Oficial No. 53.425 el 12 de marzo de 2026. Esta norma modifica aspectos específicos de la Resolución 20213040015475 del 13 de abril de 2021, que estableció delegaciones en materia de representación judicial, extrajudicial y administrativa dentro del Ministerio.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la supresión del numeral 2 y el parágrafo del artículo 3° de la resolución de 2021, que delegaron funciones a los Directores Territoriales y a la Subdirección de Transporte en representación ante juntas directivas de sociedades terminales y centros de diagnóstico automotor. El destinatario principal de esta resolución son los funcionarios de nivel directivo y asesor del Ministerio de Transporte, especialmente los Directores Territoriales y la Subdirección de Transporte, quienes previamente tenían asignadas estas funciones.
Finalidad de la resolución
La finalidad es que el Ministerio reasuma directamente la competencia delegada en materia de representación en juntas directivas y otras funciones asociadas. Esta decisión responde a la transferencia gratuita de acciones del Ministerio a la Central de Inversiones S.A. (CISA) en varias sociedades portuarias y terminales de transporte, lo que redujo la participación accionaria directa del Ministerio a solo tres terminales y siete centros de diagnóstico automotor. De esta manera, se busca que la alta dirección ministerial pueda ejercer o delegar nuevamente estas competencias según lo estime conveniente.
Decisiones principales y regulaciones
Entre las principales decisiones, la resolución ordena:
- Suprimir el numeral 2 y el parágrafo del artículo 3° de la Resolución 20213040015475, eliminando la delegación en los Directores Territoriales para representar al Ministerio en juntas directivas de sociedades terminales y centros de diagnóstico automotor.
- Reasumir la competencia para que el Ministro de Transporte pueda ejercer directamente o delegar funciones en funcionarios de nivel directivo o asesor, ajustando la representación conforme a la nueva estructura accionaria.
- Confirmar la vigencia de los demás términos de la resolución de 2021, manteniendo delegaciones en otras materias.
Base legal
La resolución fundamenta su decisión en la Constitución Política de Colombia, particularmente el artículo 211, así como en la Ley 489 de 1998, artículos 9 y 12. Esta última norma establece la posibilidad de delegación y reasunción de funciones por parte de autoridades administrativas, permitiendo que el Ministerio reasuma competencias delegadas y revise actos expedidos por sus delegatarios en cualquier momento.
Modificaciones a normativas previas
Se modifica expresamente la Resolución 20213040015475 del 13 de abril de 2021, suprimiendo las delegaciones mencionadas. No se revocan otras disposiciones de dicha resolución, que permanecen vigentes.
Plazos y vigencia
La resolución entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, sin establecer plazos adicionales para el cumplimiento. Esta inmediatez facilita la adecuación rápida de las funciones de representación en el Ministerio.
Impacto potencial
Al reasumir competencias delegadas, el Ministerio de Transporte fortalece el control directo sobre su representación en órganos societarios, adaptándose a cambios en su participación accionaria. Esta medida también genera mayor flexibilidad para delegar funciones según necesidades, lo que puede influir en la gestión administrativa y judicial vinculada al sector transporte. En consecuencia, se espera un alineamiento más ajustado entre la dirección ministerial y las actividades de representación institucional, garantizando una administración coherente con la estructura actual del Ministerio.
Con esta resolución, el Ministerio de Transporte reafirma su compromiso con la eficiencia administrativa y la transparencia en la gestión pública, asegurando que las decisiones estratégicas en las sociedades terminales y centros de diagnóstico automotor estén alineadas con los intereses nacionales y las políticas sectoriales vigentes.