Contexto y antecedentes del conflicto
La Corte Constitucional, en ejercicio de la competencia establecida en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, conoció un conflicto positivo de competencia suscitado entre el Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Pasto y la Jurisdicción Especial Indígena (JEI) del Resguardo Campo Alegre, perteneciente a la Comunidad Indígena Wiwa Arsario. El conflicto surge en el marco de un proceso penal contra una persona acusada de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio y tráfico de sustancias estupefacientes, presuntamente vinculada a un Grupo Armado Organizado Residual (GAOR) que opera en el departamento de Nariño.
El juzgado ordinario inició el proceso, dictó la legalización de captura y formuló cargos, mientras que la comunidad indígena reclamó la competencia de su jurisdicción especial para conocer el caso, argumentando la pertenencia del procesado a la comunidad y la vulneración de derechos fundamentales como la identidad cultural y el acceso a la justicia propia. La autoridad indígena expuso el sistema normativo y procesos propios para la administración de justicia dentro de su territorio, basados en la ley ancestral y prácticas restaurativas.
Análisis de la Corte Constitucional sobre la competencia jurisdiccional
La Corte Constitucional realizó un exhaustivo análisis de los factores que configuran el fuero indígena para la asignación de competencia a la JEI, conforme al artículo 246 de la Constitución y la jurisprudencia consolidada. Estos factores son:
- Factor personal: Se confirma que el acusado es miembro activo de la comunidad indígena Wiwa Arsario, reconocido por la máxima autoridad del resguardo y mediante autodeclaración.
- Factor territorial:...