Corte Constitucional resuelve conflicto de competencia en tutela entre juzgados de Montería y Montelíbano
Proviene de: Sentencias
16 de marzo de 2026 13:39:50
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 28 de enero de 2026, la Sala Plena de la Corte Constitucional profirió el Auto 060 de 2026, mediante el cual dirimió un conflicto negativo de competencia en materia de acción de tutela. Este conflicto surgió entre el Juzgado 004 Administrativo Mixto del Circuito de Montería y el Juzgado 002 Promiscuo del Circuito de Montelíbano, ambos ubicados en el departamento de Córdoba. La providencia responde a la necesidad de determinar cuál autoridad judicial debe conocer del proceso de tutela instaurado por un ciudadano contra el rector de una universidad pública del departamento.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue presentada en diciembre de 2025, con el fin de proteger el derecho fundamental de petición ante la presunta negativa o demora injustificada en la respuesta a una solicitud de información dirigida a la universidad. Inicialmente, el juzgado de Montería, tras el reparto del caso, declaró su falta de competencia con base en el artículo 1° del Decreto 333 de 2021 y en normas que asignan competencia territorial según el domicilio del accionante y la ubicación del ente demandado.
Posteriormente, el juzgado de Montelíbano también se declaró incompetente, pero argumentó que, por aplicación del criterio a prevención, el juzgado de Montería era el competente para conocer la tutela. Ante esta situación de negativa entre dos autoridades judiciales, el expediente fue remitido a la Corte Constitucional para su resolución, en ejercicio de su competencia residual en materia de conflictos de competencia.
Consideraciones jurídicas y criterios aplicados
La Corte Constitucional recordó que, en general, la resolución de conflictos de competencia...
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