Corte Constitucional tutela derecho al debido proceso en nombramientos y remociones en la Registraduría Nacional del Estado Civil
Proviene de: Sentencias
17 de marzo de 2026 14:37:16
Providencia judicial y contexto institucional
La Corte Constitucional, en ejercicio de su competencia de revisión, profirió la Sentencia SU-425 de 2025, dentro del proceso de tutela presentado contra la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado. La decisión revisada fue adoptada en segunda instancia y negó la nulidad y restablecimiento del derecho frente a la declaración de insubsistencia del nombramiento de un delegado departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El tutelante, funcionario designado mediante concurso de méritos como delegado departamental, cuestionó la legalidad del acto administrativo que declaró insubsistente su nombramiento, alegando que se desconocía el régimen especial de carrera administrativa previsto en la Constitución y la jurisprudencia constitucional aplicable. Asimismo, reclamó la falta de motivación adecuada y la omisión de pronunciamiento sobre la nulidad del acto que nombró a su reemplazo.
Antecedentes fácticos y procesales
El funcionario ingresó a la Registraduría Nacional del Estado Civil en 2009 tras un concurso público de méritos convocado conforme a la jurisprudencia constitucional que ordenaba la provisión de cargos mediante concurso en la carrera administrativa especial de dicha entidad. En 2020, la Registraduría declaró insubsistente su nombramiento, basando la decisión en que el cargo tenía naturaleza gerencial y, por ende, era de libre remoción según el artículo 61 de la Ley 1350 de 2009.
El funcionario interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra esta declaratoria y contra el acto administrativo de nombramiento de su reemplazo, argumentando que ambos actos incumplían los estándares constitucionales y jurisprudenciales sobre carrera administrativa y motivación de las decisiones de desvinculación. El Tribunal Administrativo de primera instancia...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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