La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), en atención a lo ordenado por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Barranquilla mediante auto del 18 de febrero de 2026, remitió los contratos vigentes de compartición de infraestructura eléctrica reportados por una empresa distribuidora del servicio eléctrico. Esta respuesta se realizó dentro del término legal concedido.
Naturaleza y régimen jurídico de la Creg
La Creg es una unidad administrativa especial con independencia administrativa, técnica y patrimonial, adscrita al Ministerio de Minas y Energía. Está integrada por miembros del Gobierno Nacional y expertos en asuntos energéticos, y sus decisiones se toman con el voto favorable de al menos cinco integrantes, incluyendo un ministro o delegado. Las decisiones se formalizan mediante resoluciones firmadas por el presidente de la comisión y el director ejecutivo.
Funciones y competencias
Las funciones de la Creg están definidas en diversas leyes y decretos, entre ellas las leyes 142 y 143 de 1994, y las leyes 2099 y 2128 de 2021. La comisión regula el mercado energético buscando asegurar una oferta eficiente que satisfaga la demanda bajo criterios sociales, económicos y ambientales, promueve la competencia y fija metodologías tarifarias para los sectores regulados.
En cuanto a la compartición de infraestructura eléctrica para servicios de telecomunicaciones y televisión, la Creg estableció en la Resolución 063 de 2013 las condiciones de calidad, operación y mantenimiento que deben observarse. También definió plazos para la remisión de acuerdos de compartición y las condiciones de uso.
Respuesta al requerimiento judicial
En el marco del proceso ejecutivo seguido por una empresa contra la distribuidora AIR-E S.A. E.S.P., la Creg revisó sus bases de datos y sistema de gestión documental para identificar los contratos de compartición de infraestructura eléctrica reportados por la empresa demandada. Se entregó un archivo con la información general de los acuerdos suscritos con operadores de telecomunicaciones durante el año 2022.
No obstante, la comisión aclaró que desconoce si dichos contratos se encuentran vigentes a la fecha y no encontró registros posteriores sobre el particular reportados por la empresa.
Documentos anexos
Se adjuntaron al oficio la Resolución UAE 99 396 de 2025 y la comunicación interna con los anexos correspondientes.
Este documento refleja la función de la Creg como entidad reguladora que, además de establecer marcos normativos y tarifarios, responde a requerimientos judiciales en procesos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica y sus acuerdos contractuales con otros sectores. De esta manera, la comisión reafirma su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones legales que le competen, contribuyendo al adecuado funcionamiento del sector energético en el país.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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