Contexto y fundamento legal
El Decreto 0276 de 2026 fue emitido por la Presidencia de la República el 17 de marzo de 2026 y publicado en el Diario Oficial No. 53.433 el 19 de marzo del mismo año. Su expedición se fundamenta en las atribuciones constitucionales otorgadas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998. Este decreto responde a la necesidad de fortalecer la coordinación y especialización institucional en materia de Derecho Internacional Humanitario (DIH), en cumplimiento de las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia como Alta Parte Contratante de los IV Convenios de Ginebra y Protocolos Adicionales.
El decreto se enmarca en recomendaciones internacionales, tales como las adoptadas en la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), que instan a los Estados a crear comisiones nacionales especializadas para garantizar la efectiva aplicación del DIH.
Objetivo y medidas principales
El decreto crea la Comisión Intersectorial para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (Conadih), un órgano colegiado intersectorial con el objetivo de coordinar y orientar de manera especializada la aplicación, respeto y difusión del DIH en Colombia. La Comisión tendrá un papel decisorio y superior en el diseño, implementación y seguimiento de políticas, planes, programas y acciones que incorporen los estándares internacionales en el ordenamiento jurídico nacional.
Entre las funciones específicas de la Comisión destacan:
- Presentar recomendaciones al Gobierno para la incorporación y difusión del DIH.
- Contribuir en la firma, ratificación y seguimiento de tratados internacionales relacionados.
- Orientar la formación en DIH en las Fuerzas Militares, la Policía y otros sectores públicos y privados.
- Coordinar la participación estatal en foros internacionales sobre DIH.
- Promover la cooperación con el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y otras comisiones similares en el extranjero.
- Constituir un Comité Técnico y mesas especializadas para apoyar sus funciones.
Ámbito de aplicación y entidades afectadas
El decreto tiene aplicación nacional y afecta directamente a varias entidades del Gobierno, especialmente los Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia y Defensa Nacional, así como a las instancias presidenciales para Derechos Humanos y Paz. La Comisión será presidida por el Ministro de Relaciones Exteriores e integrada por altos funcionarios de las mencionadas carteras y consejerías presidenciales, quienes podrán delegar su representación en viceministros o funcionarios directivos. Además, participarán en calidad de invitados permanentes el Ministerio del Interior, la Delegación en Colombia del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Cruz Roja Colombiana.
La creación de esta Comisión implica una reestructuración normativa, adicionando un capítulo al Decreto 1081 de 2015 y modificando artículos para incorporar esta nueva instancia dentro del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Implicaciones para la ciudadanía y entidades
El Decreto 0276 fortalece la capacidad institucional del Estado para proteger a la población civil y mitigar los efectos de los conflictos armados, asegurando el respeto a las normas internacionales humanitarias. Facilita la articulación interinstitucional, la participación en foros internacionales y la difusión de información sobre DIH, beneficiando a víctimas y comunidades afectadas.
Se hace un llamado implícito a las entidades públicas, privadas, organizaciones humanitarias y sociedad civil para apoyar y participar en las actividades y campañas de difusión que promueva la Comisión. Asimismo, el decreto garantiza la transparencia y participación ciudadana en su proceso regulatorio, mediante la publicación previa del proyecto y la recepción de observaciones.
Vigencia y disposiciones complementarias
El decreto rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial. Además de crear la Comisión Intersectorial para la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario, modifica y adiciona artículos al Decreto 1081 de 2015 para formalizar su integración dentro del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. No deroga expresamente actos administrativos previos, pero sustituye el anterior Subsistema de Derecho Internacional Humanitario por esta nueva instancia especializada.
La financiación de la Comisión y sus órganos auxiliares correrá con cargo a los recursos de las entidades que la conforman, en cumplimiento de las disposiciones presupuestales vigentes.