Entidad emisora, fecha y objeto de la resolución
La
Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la
Resolución 104 005 de 2026 el 19 de febrero de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.433 el 19 de marzo de 2026. El principal propósito de esta resolución es reorganizar la estructura de precios vigente para determinados combustibles líquidos en estaciones de servicio ubicadas en los municipios y departamentos declarados como zonas de frontera en Colombia.
Contexto y destinatarios
La resolución está dirigida principalmente a los agentes que integran la cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, incluyendo actividades como refinación, importación, almacenamiento, distribución mayorista, transporte y distribución minorista, así como a la producción y transporte de biocombustibles destinados a la mezcla con estos combustibles fósiles. Este grupo es relevante porque la estructura de precios afecta directamente los costos y la dinámica comercial en las zonas de frontera, regiones que cuentan con tratamientos especiales en materia tributaria y regulatoria para promover el desarrollo y garantizar el acceso eficiente a combustibles.
Objetivo y principales decisiones
El objetivo central de la resolución es clarificar y reorganizar la estructura de precios para la gasolina motor corriente, gasolina motor corriente oxigenada, ACPM (Diésel) y ACPM mezclado con biodiésel, con el fin de que el
precio de venta al público (PVP) resulte de la sumatoria simple de sus componentes, facilitando la comprensión y supervisión tanto para los usuarios como para los organismos de control.
Entre las principales regulaciones se destacan:
- Definición clara de los componentes que integran la estructura de precios, tales como ingreso al productor o importador, transporte mayorista y minorista, márgenes de distribución, impuestos, y otros cargos relacionados con proyectos estratégicos y controles en zonas de frontera.
- Determinación de fórmulas específicas para calcular cada componente, incluyendo tarifas proporcionales para transporte por poliducto, fletes, márgenes de distribución y tributos aplicables.
- Incorporación expresa de rubros asociados al Plan de Expansión de la Red de Poliductos (PERP) y al Plan de Continuidad (PC), que buscan remunerar inversiones estratégicas sin alterar los incentivos económicos existentes.
- Establecimiento de que el precio final al público es la suma simple de todos los componentes, eliminando confusiones sobre la integración de costos previos en cada etapa.
- Aplicación de la regulación para todas las actividades relacionadas con la cadena de distribución de combustibles líquidos en zonas de frontera, excluyendo el gas licuado de petróleo (GLP).
Fundamento legal y modificaciones normativas
La resolución se sustenta en diversas normas constitucionales, legales y reglamentarias, entre ellas:
- Artículos 334 y 365 de la Constitución Política, que establecen la función del Estado en la regulación de la economía y servicios públicos.
- Decretos 4130 de 2011, 1260 de 2013 y 1073 de 2015, que asignan funciones regulatorias a la CREG.
- Leyes 39 de 1987, 26 de 1989, 1607 de 2012 y 1819 de 2016, relacionadas con la distribución de combustibles y gravámenes aplicables.
- Resoluciones previas del Ministerio de Minas y Energía y de la CREG que fijaban estructuras de precios y tarifas específicas para zonas y actividades particulares.
La nueva resolución deroga parcialmente varias resoluciones previas emitidas por el Ministerio de Minas y Energía, manteniendo vigentes ciertos aspectos relacionados con definiciones específicas.
Proceso de consulta y valoración en libre competencia
Antes de su expedición, la CREG realizó dos procesos de consulta pública, recibiendo observaciones de asociaciones, empresas del sector petrolero, el Ministerio de Minas y Energía y otros actores relevantes. Además, se llevaron a cabo audiencias públicas en Bogotá y Cúcuta.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) evaluó la incidencia de la resolución en la libre competencia, concluyendo que la reorganización mejora la transparencia y previsibilidad del marco regulatorio sin generar barreras artificiales ni ventajas indebidas para ningún agente del mercado. Por ello, no formuló recomendaciones adicionales.
Impacto potencial
La reorganización de la estructura de precios propuesta por la CREG busca facilitar la comprensión y aplicación de las tarifas en zonas de frontera, donde la dinámica económica y social requiere un tratamiento especial. Al transparentar los componentes del precio y simplificar su cálculo, se promueve una mayor seguridad jurídica para los actores de la cadena y se fortalece la vigilancia estatal.
Además, la inclusión explícita de inversiones estratégicas en infraestructura y mecanismos de control contribuye a la sostenibilidad del suministro y al desarrollo equilibrado de estas regiones, sin afectar negativamente la competencia ni la libre entrada al mercado.
En síntesis, esta resolución representa un paso importante para armonizar la regulación económica de combustibles en zonas de frontera, adecuándola a las necesidades actuales y facilitando su supervisión y cumplimiento, lo que contribuirá al desarrollo sostenible y al bienestar de las comunidades ubicadas en estas regiones especiales del país.