Corte Constitucional dirime competencia entre jurisdicción laboral y administrativa en caso de nulidad de dictamen de invalidez
Proviene de: Sentencias
23 de marzo de 2026 14:14:12
Contexto y naturaleza de la decisión
La Corte Constitucional, en ejercicio de sus funciones establecidas en el artículo 241, numeral 11 de la Constitución Política, profirió un auto para resolver un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados de Barranquilla, uno laboral y otro administrativo. El conflicto surgió en un proceso promovido por un servidor público que impugnó el dictamen de invalidez emitido por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, solicitando su nulidad y la declaración del origen laboral de su enfermedad.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, vinculado al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario mediante decreto, desempeñó labores como vigilante custodio y posteriormente en funciones relacionadas con el traslado y vigilancia de personas privadas de la libertad. A raíz de una dolencia lumbar, se le diagnosticó un trastorno en los discos intervertebrales, considerado de origen común según dictámenes de la Junta Regional y Nacional de Calificación de Invalidez, lo que motivó la demanda ordinaria laboral para impugnar dichas decisiones.
Inicialmente, el Juzgado Laboral declaró su falta de competencia, remitiendo el asunto a la jurisdicción administrativa, bajo el argumento de que el demandante es servidor público y, por ende, la relación laboral corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa. Por su parte, el Juzgado Administrativo también rechazó su competencia y planteó el conflicto ante la Corte Constitucional, sosteniendo que la jurisdicción laboral ordinaria debe conocer el caso conforme a la normativa vigente sobre seguridad social.
Consideraciones de la Corte Constitucional
La Sala Plena recordó que, de acuerdo con la Constitución y la jurisprudencia consolidada, la competencia para resolver conflictos sobre la nulidad de dictámenes de las...
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