Tribunal Superior de Bucaramanga confirma vínculo laboral directo en caso de intermediación ilegal de empresas de servicios temporales
Proviene de: Sentencias
25 de marzo de 2026 14:1:14
Providencia y tribunal
La decisión corresponde a un auto proferido por la Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en segunda instancia, el 23 de febrero de 2026, dentro del proceso ordinario laboral radicado en esa jurisdicción. Se resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga, emitida el 12 de noviembre de 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada por una trabajadora que prestó servicios para el Fondo Nacional del Ahorro a través de empresas de servicios temporales, reclamando el reconocimiento de una relación laboral directa con dicha entidad. La demandante solicitó que se declarara que existió un contrato de trabajo a término indefinido desde mayo de 2015 hasta febrero de 2019, y que la terminación de dicha relación fue injusta. Además, pidió que se le reconocieran los beneficios provenientes de la Convención Colectiva de Trabajo vigente, incluyendo incrementos salariales, primas, bonificaciones y demás prestaciones extralegales, así como indemnización por despido sin justa causa y la sanción moratoria prevista en el Decreto 797 de 1949.
La defensa del Fondo Nacional del Ahorro negó la existencia de vínculo laboral directo, argumentando que la contratación se realizó legalmente a través de empresas de servicios temporales para suplir necesidades transitorias y que dichas empresas cumplieron con sus obligaciones laborales. Asimismo, llamó en garantía a las empresas temporales y a varias compañías aseguradoras con pólizas de cumplimiento relacionadas con los contratos de suministro de personal.
El Juzgado Primero Laboral del Circuito...
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