Tribunal Superior de Bucaramanga confirma reliquidación pensional con tasa de reemplazo del 79,71% en caso contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
25 de marzo de 2026 14:9:31
Contexto y antecedentes del proceso
El caso se originó con la demanda presentada contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) para que se declarara el derecho a un reajuste de la mesada pensional, solicitando la aplicación de una tasa de reemplazo del 80% sobre el Ingreso Base de Liquidación (IBL) y el pago de retroactivos correspondientes. La pensión de vejez había sido reconocida inicialmente con una tasa del 76,71%, basada en 1.922 semanas cotizadas y un IBL de aproximadamente $7.581.612. Sin embargo, la entidad negó en varias resoluciones la solicitud de reliquidación.
El Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bucaramanga emitió sentencia el 24 de julio de 2025, condenando a Colpensiones a reliquidar la pensión aplicando una tasa de reemplazo del 79,71% y a pagar un retroactivo pensional de $10.652.705, con indexación incluida. Contra esta sentencia, tanto Colpensiones como el demandante interpusieron recursos de apelación, que fueron resueltos por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
Consideraciones jurídicas principales
El tribunal examinó el marco legal aplicable, especialmente el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que regula el cálculo del monto de la pensión de vejez. Esta norma establece una fórmula decreciente para determinar la tasa de reemplazo, que varía entre el 55% y el 65% del promedio de ingresos, ajustándose según el nivel de salarios mínimos y las semanas cotizadas.
Además, la legislación contempla un incremento del 1,5% en la tasa de reemplazo por cada 50 semanas adicionales cotizadas sobre el mínimo requerido, hasta un tope máximo del 80% del IBL. La Corte Suprema...
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