La CREG aclara criterios para costos variables de combustible en subasta de cargo por confiabilidad 2029-2030
Proviene de: Conceptos
31 de marzo de 2026 11:15:46
La CREG recordó que su función consultiva se limita al ámbito regulatorio y no resuelve casos particulares, los cuales corresponden a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios o a la Superintendencia de Industria y Comercio según el caso.
Aclaraciones sobre clasificación de combustibles en la subasta
En relación con la subasta convocada por la Resolución CREG 101 079 de 2025, la Comisión aclaró que el Diesel B0 corresponde a la familia de combustibles conocida como Aceite Combustible Para Motores (ACPM), sobre la cual se cuenta con información reportada al ASIC para la generación térmica. Esta clasificación se fundamenta en auditorías de contratos y logística de suministro entregados por agentes generadores.
Cálculo de costos variables para mezclas de combustibles
Respecto a plantas que utilizan mezclas de combustibles, como una combinación de Diesel y Gas Natural Importado, la CREG indicó que el cálculo del costo variable de combustible estimado (CVCE) debe hacerse mediante un promedio ponderado de los costos promedio de referencia (CPC) de cada familia de combustible, según las proporciones que cada uno respalde en la obligación de energía firme. Este cálculo debe estar respaldado por contratos auditados y ajustarse a los protocolos establecidos en la regulación vigente.
La Comisión recordó que todos los participantes deben reportar información exacta, veraz y oportuna en el Sistema Unificado de Información para los Procesos del Cargo por Confiabilidad (SUICC), y que los costos declarados serán auditados conforme a las normas aplicables, para garantizar la transparencia y competencia en la subasta.
Normatividad y supervisión del proceso
Finalmente, la CREG resaltó que el cálculo del CPC y el CVCE se realiza conforme a...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.