Consejo de Estado confirma negación de medida cautelar en proceso de cobro coactivo contra promotora inmobiliaria
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 11:39:3
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, conocida como la máxima instancia en materia administrativa, resolvió un recurso de apelación contra un auto proferido por la magistrada ponente del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Quinta de Decisión. El auto original, fechado el 20 de noviembre de 2025, negó la medida cautelar solicitada por una sociedad promotora inmobiliaria contra actos administrativos del municipio de Rionegro relacionados con un procedimiento de cobro coactivo.
Antecedentes fácticos y procesales
La promotora inmobiliaria suscribió un acuerdo de pago con el municipio para cumplir obligaciones urbanísticas de construcción y mejoramiento de andenes en una zona urbana. Este acuerdo fue modificado mediante un otrosí. Posteriormente, el municipio emitió una resolución declarando el incumplimiento del acuerdo y ordenando el cobro coactivo de una suma líquida de dinero, seguido de un mandamiento de pago y la orden de continuar con la ejecución y medidas cautelares sobre bienes de la sociedad demandante.
La demandante interpuso una demanda solicitando la nulidad de las resoluciones por considerar que la obligación era de hacer (construcción de obras) y no una deuda dineraria, cuestionando la existencia y conformación del título ejecutivo que fundamentaba el cobro. En paralelo, solicitó la suspensión provisional de los actos administrativos y el levantamiento de embargos decretados.
El Tribunal Administrativo de Antioquia negó la medida cautelar, argumentando que la admisión de la demanda no suspende automáticamente el cobro coactivo ni ordena el levantamiento de las medidas cautelares, conforme al marco legal aplicable.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado confirmó el auto apelado tras analizar la...
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