Consejo de Estado ordena apertura de incidente de desacato contra EPS por incumplimiento en tutela de salud fundamental
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:4:1
Contexto y competencia judicial
El auto fue dictado por la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado, instancia encargada de resolver en segunda y última instancia asuntos de derecho administrativo, entre ellos tutelas contra entidades estatales y privadas que cumplen funciones públicas. La providencia responde a una solicitud presentada por el accionante, titular de derechos fundamentales a la salud, integridad personal e intimidad, frente al presunto incumplimiento de una sentencia de tutela emitida el 31 de mayo de 2024.
Antecedentes del caso
El accionante promovió una acción de tutela contra la EPS Famisanar S.A.S. y otras entidades por la negativa a reconocer viáticos para desplazamientos necesarios desde su municipio hasta Bogotá para citas médicas, controles especializados y reclamación de medicamentos, así como por la negativa de autorizar modalidades de atención que evitaran traslados mensuales costosos. La tutela amparó sus derechos fundamentales, ordenando a la EPS asumir los gastos relacionados con transporte, alojamiento y alimentación para garantizar la accesibilidad a la atención médica. Esta sentencia quedó en firme al no ser impugnada.
Posteriormente, el accionante solicitó la apertura de un incidente de desacato al alegar que la EPS incumplió la orden judicial, al no garantizar los recursos económicos para sus desplazamientos y la entrega de medicamentos en varias fechas entre diciembre de 2025 y marzo de 2026. El Consejo de Estado dio curso al trámite, requiriendo informes a los funcionarios responsables dentro de la EPS, sin que estos respondieran.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Consejo de Estado ratificó su competencia para tramitar incidentes de desacato conforme a los artículos 23 y...
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