Consejo de Estado confirma improcedencia de tutela contra fallo de tutela sobre traslado penitenciario
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:16:42
Contexto y antecedentes del caso
En segunda instancia, el Consejo de Estado conoció de la impugnación a una sentencia de tutela que fue declarada improcedente en primera instancia. La acción de tutela cuestionaba la decisión del Tribunal Administrativo de un departamento colombiano que negó el traslado solicitado por una persona privada de la libertad, quien alegaba vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la protección de la unidad familiar.
La persona en reclusión solicitó ser trasladada desde un centro penitenciario ubicado en el Tolima hacia establecimientos en otros departamentos, fundamentando su petición en el arraigo familiar y la salud de sus hijos menores, quienes padecen enfermedades que podrían agravarse por la separación física. El traslado fue negado inicialmente por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), debido a que no se cumplían los requisitos establecidos en la normatividad vigente, especialmente el tiempo mínimo de permanencia en el centro carcelario actual y el nivel de hacinamiento en la cárcel de destino.
Posteriormente, la tutela presentada para obtener el traslado fue negada tanto en primera instancia por un juzgado administrativo como en segunda instancia por el Tribunal Administrativo regional, decisión que fue confirmada por el Consejo de Estado en esta sentencia.
Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala de lo Contencioso Administrativo recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es procedente únicamente bajo criterios estrictos, como lo ha establecido la Sala Plena de esta corporación y la Corte Constitucional en la sentencia C-590 de 2005 y la sentencia SU-627 de 2015. En particular, la tutela contra fallos de tutela sólo es admisible...
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