Consejo de Estado niega tutela por presunta mora judicial en incidente de desacato del Tribunal Administrativo de Casanare
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:39:43
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en ejercicio de la acción de tutela establecida en el artículo 86 de la Constitución Política y reglamentada por el Decreto 2591 de 1991. La acción fue presentada contra el Tribunal Administrativo de Casanare, quien había emitido una sentencia en noviembre de 2019 y su confirmación en segunda instancia en enero de 2021, relacionada con la protección de derechos colectivos vinculados al espacio público, la seguridad, la salubridad y el ambiente sano, en el marco de una acción popular para la pavimentación y mantenimiento de la vía Trinidad – Bocas del Pauto.
El accionante alegó que el Tribunal incurrió en mora judicial injustificada al no resolver el incidente de desacato promovido en mayo de 2023 contra el departamento de Casanare y el Ministerio de Transporte, por incumplimiento de las medidas ordenadas en la sentencia. Señaló que, a pesar de las audiencias de verificación y requerimientos de información, no se había adoptado una decisión de fondo ni sanciones, vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva.
Consideraciones jurídicas y argumentos de las partes
El Tribunal Administrativo de Casanare respondió que no existía mora judicial injustificada, pues había realizado múltiples actuaciones, incluyendo audiencias de verificación, requerimientos a las entidades responsables y seguimiento permanente al cumplimiento de la sentencia. Explicó que, en ejercicio de su autonomía judicial, decidió privilegiar el acompañamiento al cumplimiento progresivo de las órdenes antes que la imposición inmediata...
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