Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra providencia judicial sobre reajuste salarial en Fuerza Pública
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:43:38
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máximo tribunal de lo contencioso administrativo, resolvió una acción de tutela contra una providencia judicial emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección E, en segunda instancia. La acción fue presentada por un exmiembro de la Policía Nacional que cuestionaba la negativa a reajustar su asignación de retiro y salario básico conforme al índice de precios al consumidor (IPC) durante el periodo 1992-2004. La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió una sentencia donde declaró improcedente la acción de tutela, confirmando la decisión previa.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante laboró en la Policía Nacional desde 1976 hasta su retiro en 2009, percibiendo asignación de retiro desde entonces. Alegó que durante su servicio y retiro no se actualizaron sus salarios y prestaciones conforme a la inflación, a pesar de órdenes previas de la Corte Constitucional sobre el mantenimiento del poder adquisitivo. Solicitó la reliquidación y pago de las diferencias basadas en la variación del IPC, petición que fue negada por la Policía Nacional y la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (CASUR).
Posteriormente, promovió demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, que fue desestimada en primera instancia por el Juzgado Administrativo correspondiente, fundamentándose en que el reajuste salarial del personal activo de la Fuerza Pública debe realizarse conforme a la escala gradual porcentual establecida en la Ley 4 de 1992. La apelación presentada fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que reiteró que el reajuste salarial y de asignaciones de retiro se rige...
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