Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra sentencia sobre prima técnica por experiencia altamente calificada
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:49:31
Contexto y antecedentes del caso
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció en primera instancia la acción de tutela presentada por un servidor público contra una providencia judicial emitida por la Sección Segunda, Subsección B de la misma corporación. El accionante solicitó el reconocimiento y pago de la prima técnica por cumplir con los requisitos de formación avanzada y experiencia altamente calificada, reclamo que fue negado inicialmente por la entidad administrativa y confirmado en procesos judiciales previos.
El servidor público, vinculado a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), alegó que contaba con títulos profesionales en derecho y economía, un posgrado en finanzas y derecho aduanero, así como experiencia laboral calificada en el sector público y privado. A pesar de ello, en primera y segunda instancia se concluyó que no se acreditó la experiencia altamente calificada conforme a la normativa aplicable, que exige, entre otros requisitos, tres años de experiencia específica posteriores a la obtención del título de formación avanzada.
Fundamentos y trámite procesal
El accionante argumentó defectos fácticos, sustantivos y desconocimiento del precedente jurisprudencial en la sentencia cuestionada. Señaló que no se valoraron adecuadamente las pruebas sobre su formación y experiencia, y que existían decisiones previas que reconocieron la prima técnica en situaciones similares, invocando principios constitucionales como igualdad, debido proceso y buena fe.
El Consejo de Estado, mediante auto, admitió la acción de tutela y notificó a las partes interesadas, entre ellas la DIAN y el Tribunal Administrativo de Bolívar, que conoció el caso en primera instancia. La Sección Segunda, Subsección B defendió la sentencia,...
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