Consejo de Estado declara carencia de objeto en acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura por expedición de tarjeta profesional de abogado
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:1:48
Tribunal y naturaleza de la decisión
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció y resolvió en primera instancia una acción de tutela promovida contra el Consejo Superior de la Judicatura, específicamente contra su Unidad de Registro Nacional de Abogados. La providencia adoptada corresponde a una sentencia en materia de tutela.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta por una abogada que reclamaba la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, trabajo, libre ejercicio profesional y mínimo vital. La solicitante argumentó que, tras haberse graduado, solicitó la expedición de su tarjeta profesional ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados, pero esta fue retenida por la supuesta falta de presentación del examen de Estado establecido en la Ley 1905 de 2018.
La demandante sostuvo que inició sus estudios de derecho antes de la promulgación de dicha ley, por lo que debería aplicársele el régimen de transición contenido en el artículo 2 de la norma, que exime a quienes comenzaron sus estudios antes de su entrada en vigencia de cumplir con el examen de idoneidad. Por ello, solicitó que se ordenara la expedición inmediata de su tarjeta profesional sin exigirle dicho examen y que se respetara el régimen de transición para casos similares.
El Tribunal Administrativo remitió el proceso al Consejo de Estado conforme al Decreto 333 de 2021, que asigna la competencia para conocer de tutelas contra el Consejo Superior de la Judicatura.
Durante el trámite, el Consejo Superior de la Judicatura aclaró la fecha de inicio de estudios de la abogada tras una...
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