Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra providencias judiciales por falta de jurisdicción y caducidad
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:15:33
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A del Consejo de Estado, dictó una sentencia de primera instancia en respuesta a una acción de tutela presentada contra el Juzgado Tercero Administrativo de Manizales, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Manizales, una empresa de servicios públicos encargada de la transmisión de energía eléctrica y la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Caldas. La acción se originó tras una serie de providencias judiciales que declararon falta de jurisdicción y rechazaron demandas por caducidad en procesos relacionados con un accidente ocurrido en julio de 2019.
Antecedentes del caso
Los accionantes, menores de edad en el momento de los hechos, resultaron afectados por una descarga eléctrica causada por una torre de transmisión eléctrica instalada por la empresa de servicios públicos. Posteriormente, fueron evaluados por la Junta Regional de Calificación de Invalidez, que certificó una pérdida parcial de capacidad laboral. Tras la negativa de la empresa de indemnizar los daños, se intentó conciliar sin éxito y se instauraron demandas ante los jueces civiles. Sin embargo, el Juzgado Sexto Civil declaró su falta de competencia y el Juzgado Tercero Administrativo inadmitió la demanda, señalando la caducidad del medio de control debido al incumplimiento del término de dos años para reclamar.
Los accionantes argumentaron que la justicia ordinaria era competente para conocer del caso, en virtud de la naturaleza del servicio público y la legislación aplicable, y cuestionaron la omisión del llamamiento en garantía a la compañía aseguradora por parte de la empresa de energía.
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