Consejo de Estado admite tutela contra Tribunal Administrativo de Nariño y niega medida provisional solicitada
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:18:28
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial objeto de análisis fue proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, en calidad de juez de tutela en primera instancia, el 6 de marzo de 2026. La acción fue interpuesta contra el Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Primera de Decisión, en razón de una presunta vulneración de derechos fundamentales relacionados con el debido proceso, acceso a la administración de justicia, seguridad social, mínimo vital y dignidad, en conexión con la protección especial a personas en situación de discapacidad.
El origen del conflicto se remonta a un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra el Ministerio de Defensa - Policía Nacional, en el que se cuestionó la negativa de un ascenso meritorio en la carrera policial. En primera instancia, el Juzgado Administrativo de Pasto accedió a las pretensiones del demandante, ordenando el ascenso y beneficios económicos derivados. Posteriormente, el Tribunal Administrativo de Nariño revocó parcialmente dicha decisión, declarando su inhibición para resolver las pretensiones económicas, invocando la ineptitud sustantiva de la demanda.
Frente a esta situación, se interpuso la acción de tutela para proteger los derechos constitucionales señalados, solicitando además una medida provisional consistente en el pago provisional de un auxilio mensual equivalente a la diferencia estimada entre la mesada reconocida y la proyectada.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 7º del Decreto 2591 de 1991, que regula la acción de tutela y establece que el juez puede dictar medidas provisionales encaminadas a proteger derechos o evitar daños mayores,...
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