Consejo de Estado ordena a demandante acreditar pago para continuar proceso ante la Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:22:18
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria del Consejo de Estado, máxima instancia en materia de lo contencioso administrativo. El auto interlocutorio se expidió en el marco de un proceso de control de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una sociedad extranjera contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Un tercero con interés también interviene en el proceso.
Antecedentes fácticos y procesales
En la audiencia inicial, realizada en marzo de 2021, el despacho judicial decretó la práctica de una prueba documental a cargo de la parte demandante, estableciendo que la entidad demandada debía informar el valor de las expensas para la expedición de dichas copias. La demandante debía acreditar el pago para que la SIC entregara los documentos al proceso.
Posteriormente, la entidad demandada comunicó el monto requerido. La parte demandante solicitó en varias oportunidades ampliaciones para realizar el pago, alegando dificultades derivadas de la pandemia del COVID-19 y la ubicación domiciliaria en el extranjero. Sin embargo, hasta la fecha de la decisión, no se había acreditado el pago correspondiente.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado fundamenta su decisión en el artículo 178 del CPACA, que establece que si transcurre un plazo de treinta días sin que se realice un acto necesario para continuar el trámite, el juez debe requerir a la parte interesada mediante auto para que cumpla en un término de quince días. Si no se cumple, el proceso o la actuación correspondiente puede terminarse.
En este caso, al no haberse acreditado el pago de...
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