Consejo de Estado niega aclaración y adición en proceso de nulidad electoral para gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:37:27
Contexto y competencia del tribunal
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, es competente para resolver las solicitudes de aclaración y adición de la sentencia proferida el 3 de abril de 2025 en el proceso de nulidad electoral relacionado con la elección del gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para el periodo 2024-2027. La demanda fue presentada en ejercicio del control previsto en el artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda cuestionó la elección del gobernador por presunto incumplimiento de la prohibición de doble militancia establecida en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, al apoyar candidatos diferentes a los inscritos por el partido político al que estaba afiliado. La sentencia original declaró la nulidad de la elección basándose en esta causal.
Posteriormente, la parte demandada y varios terceros coadyuvantes, incluyendo dos partidos políticos y una ciudadana reconocida, presentaron múltiples solicitudes de aclaración y adición de la sentencia. Plantearon dudas sobre la valoración de pruebas, la aplicación de normas no incluidas en la fijación del litigio, la interpretación de figuras jurídicas como adhesión y coalición, y la oportunidad y forma de notificación de la sentencia.
Además, se presentaron numerosas recusaciones contra los magistrados de la Sección Quinta y la Sección Primera del Consejo de Estado, así como incidentes y recursos relacionados, los cuales fueron en su mayoría rechazados o declarados infundados por estas secciones.
Consideraciones de la providencia
La Sala enfatizó que la aclaración y adición de sentencias son mecanismos excepcionales destinados a subsanar...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.