Consejo de Estado confirma improcedencia de tutela por cosa juzgada en caso de reliquidación de asignación de retiro de Fuerzas Militares
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:46:43
Providencia judicial y contexto procesal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, en segunda instancia, resolvió la impugnación contra la sentencia proferida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró improcedente una acción de tutela. La acción fue interpuesta en contra de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Cundinamarca - Amazonas, la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá y la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.
El caso tiene sus antecedentes en una sentencia de 2004, emitida por la Subsección B de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró la nulidad de una resolución mediante la cual se negó el pago de la prima de actualización en la asignación de retiro de un suboficial técnico primero de las Fuerzas Militares. En dicha sentencia se ordenó el pago de la prima desde 1993 y la reliquidación de la asignación de retiro a partir de 1996.
Posteriormente, el interesado inició un proceso ejecutivo para exigir la aplicación correcta de la fórmula de actualización y la escala gradual porcentual, así como la inclusión de factores salariales omitidos. Sin embargo, el proceso fue trasladado a un juzgado de descongestión, que declaró la excepción de pago total de la obligación. Contra esta decisión se interpuso recurso extraordinario de revisión, rechazado por extemporáneo.
Fundamentos y argumentos de la acción de tutela
La parte actora solicitó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la dignidad humana, argumentando que las autoridades accionadas no cumplieron la sentencia de 2004. Denunció además un...
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