Consejo de Estado declara impedimento de magistrado en proceso contra la Superintendencia de Servicios Públicos
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:48:0
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió un auto que resuelve el impedimento declarado por un magistrado del tribunal. Esta providencia judicial tiene por objeto garantizar la imparcialidad y la independencia judicial, principios esenciales del debido proceso, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso tiene como partes a una empresa de servicios públicos y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. El magistrado implicado manifestó su impedimento para conocer el caso, argumentando que en su etapa anterior como magistrado en un tribunal administrativo había intervenido directamente en el proceso, suscribiendo autos relevantes como la admisión de la demanda y la aplicación de la figura de sentencia anticipada, entre otros.
La causal invocada corresponde al numeral 2 del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece como motivo de recusación el hecho de haber conocido o actuado en una etapa anterior del mismo proceso. Esta causal tiene como objetivo evitar cualquier posible sesgo o conflicto de intereses que afecte la decisión judicial.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que la manifestación de impedimento es un acto unilateral y obligatorio del juez cuando considera estar incurso en una causal legal, conforme al artículo 131.3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. La providencia enfatiza que la imparcialidad e independencia de los funcionarios judiciales son garantías fundamentales que sustentan el debido proceso.
El magistrado declaró impedimento basándose en su participación previa en el proceso y la...
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